Efraín Martínez Figueroa | EMF Consultoría Política

Detrás del éxito de un gobernante o candidato

En Sonora non bis in idem, autrefois acquit, double jeopardy…

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«En Sonora, la Fiscalía Anticorrupción debió estudiar antes de actuar el derecho fundamental non bis in idem, autrefois acquit, double jeopardy…»

En México se regula dicho principio en el artículo 23 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: «Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene. Queda prohibida la práctica de absolver de la instancia». Las leyes penales secundarias de todo el país acogen este principio.

Ha de criticarse, como viene siendo costumbre de la doctrina mexicana, el trabajo del legislador constituyente, dado que la Constitución establece que «nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito», sin embargo, el principio de non bis in idem versa sobre la importancia de no juzgar dos veces por los mismos hechos; por lo mismo, dicho artículo habría de reformarse.



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