De conformidad con el Informe de Auditoría Financiera del Cuarto Trimestre de la Revisión de la Cuenta Pública 2018 del Ayuntamiento de Navojoa, se detecta el expediente del Secretario del Ayuntamiento no se encuentra debidamente integrado, se enfatiza en ello por ser un funcionario público propuesto por la Alcaldesa Rosario Quintero Borbón y aprobado su nombramiento por Cabildo (Regidores).
A continuación se presenta la observación, normatividad infringida, medida de solventación y acciones del sujeto de fiscalización:
Observación Persiste
Al realizar los trabajos de fiscalización respecto al período de octubre a diciembre del ejercicio 2018 al Municipio de Navojoa, Sonora, se observó que los expedientes de personal no se encuentran debidamente integrados, ya que de una muestra de 6 expedientes analizados, en 4 de ellos se determinaron faltantes de al menos uno de los siguientes documentos: 1) Acta de nacimiento, 2) Nombramiento, 3) Alta ISSSTESON, 4) Constancia de estudios, 5) Comprobante de domicilio, 6) Cartilla militar, como a continuación se detallan:

Normatividad Infringida
*Artículos 2Q y 150 de la Constitución Política del Estado de Sonora; 61 fracción IV inciso H), 91 fracción VIII, 96 fracciones V y XI de la Ley de Gobierno y Administración Municipal; 13 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora y 6 y 7 de la Ley Estatal de Responsabilidades, y demás que resulten aplicables.
Medida de Solventación
Justificar el motivo o razón de lo observado, así como acreditar la integración de los expedientes del personal adscrito al Sujeto de Fiscalización y recabar la información necesaria a efecto de que todos los expedientes se encuentren completos, estableciendo controles con el propósito de que al contratar personal, le sea requerida la documentación necesaria, informando de ello al ISAF para constatar la aplicación de la medida y controles implementados. Debiendo proceder conforme a las disposiciones legales aplicables, respecto de los Servidores Públicos que resulten responsables de la situación observada.
Acciones del sujeto de fiscalización para Solventación
Mediante archivo electrónico enviado el día 15 de mayo de 2019, adjuntan fotocopia de oficio número TM 381/05/2019 de fecha 14 de mayo de 2019, en el cual informan que la Dependencia de Recursos Humanos en su oficio DRH-279/2019 también del 14 de mayo de 2019, manifiesta que los expedientes de los funcionarios anteriormente descritos y que fueron observados por incompletos, éstos ya cuentan
con la documentación requerida.
Persiste, aún cuando informan lo anterior, no acreditan documentalmente la integración de los expedientes del personal adscrito al Municipio.


En los últimos meses, medios de comunicación y regidores denunciaron la supuesta irregularidad del nombramiento del Secretario del Ayuntamiento por no cumplir con el requisito de residencia y existió un intento fallido en sesión de Cabildo para su remoción, por lo tanto la observación persistente en la auditoría financiera fortalece la hipótesis de un acto ilegal que puede derivar en su destitución y fincamiento de responsabilidades.
Una vez más se muestra la práctica y violación sistémica de la ley como una bandera de la administración municipal emanada de la Coalición Juntos Haremos Historia (MORENA-PT-PES).
¿Cambio verdadero o retroceso en Navojoa?.
Efraín Martínez Figueroa, Consultor y Estratega Político
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